Artículo 14.-En las competiciones organizadas por la ATEE, se establecen cuatro categorías deportivas:
Foso Universal
1ª Categoría.- El 95% de roturas para senior y júnior masculino y 93 % para damas y júnior femenino.
2ª Categoría.- El 90 % de roturas para senior y júnior masculino y 88 % para damas y júnior femenino.
3ª Categoría.- El 85 % de roturas para senior y júnior masculino y 83 % para damas y júnior femenino.
4ª Categoría.- Por debajo del 85 % de roturas para senior y júnior masculino y por debajo de 83 % para damas y júnior femenino.
El tirador ascenderá de categoría con respecto a la ATEE, inmediatamente después de realizar dos veces en el mismo año el porcentaje de roturas fijado en competiciones de al menos 75 platos y surtirá efecto desde el momento en que obtenga la segunda marca. En ningún caso un tirador podrá subir de categoría a su voluntad sin alcanzar los resultados mínimos exigidos.
Los tiradores de 4ª categoría ascenderán de categoría, al realizar un solo porcentaje superior en cualquiera de las competiciones que se celebren en nuestro país y que la ATEE tenga conocimiento fehaciente de ello.
Los tiradores de 3ª categoría ascenderán de categoría, al realizar un solo porcentaje superior al 93% de roturas en cualquiera de las competiciones que se celebren en nuestro país y que la ATEE tenga conocimiento fehaciente de ello.
La categoría de cada tirador alcanzada después de cada competición, se reflejará en la Web de la asociación ATEE, generándose un listado, permanentemente actualizado, de la categoría ATEE que tiene cada tirador que participe en las competiciones organizadas por la asociación y en todas aquellas a las que se tengan acceso por cualquier medio.
Aquel tirador o tiradora que en el transcurso de una temporada de competiciones de la ATEE, llegue al menos dos veces el 97 % de roturas en una de las modalidades contempladas en el calendario, será considerado y reconocido como “Tirador Excelente”.
CAPITULO VI
Las instalaciones
Artículo 15.- Las competiciones organizadas por la ATEE, se realizarán en instalaciones deportivas debidamente autorizadas para la práctica de este deporte y de acuerdo con las directrices técnicas fijadas por la ATEE.
Estas instalaciones deportivas, deben reunir las condiciones necesarias para la práctica reglamentaria que se vaya a practicar en las mismas. Permitiendo el ajuste preciso de su equipación a los reglamentos técnicos de la modalidad.
CAPÍTULO VII
Tiradores extranjeros
Artículo 16.- Los deportistas de países miembros de la Unión Europea y los deportistas de países no miembros de la UE pero residentes en España, podrán participar en las competiciones de la ATEE, siempre que estén en posesión de la documentación ya mencionada con anterioridad.
Artículo 17.- Los deportistas de países no miembros de la Unión Europea no residentes en España, podrán solicitar su participación en competiciones de la ATEE. En todos los casos deberán solicitar su participación a efecto de disponer de las coberturas legales necesarias, haciéndolo en la máxima categoría.
Artículo 18.- Los deportistas no españoles que participen en competiciones de la ATEE lo harán en la máxima categoría de la modalidad, con la sola excepción de aquellos que, por su edad, se encuentren entre la condición de veterano, veteranas, súper veteranos, súper veteranas o júnior. En todos los casos deberán solicitar su participación al efecto de disponer de las coberturas legales necesarias.
CAPITULO VIII
Las competiciones
Artículo 19.- Todas las Competiciones del Calendario de la ATEE se regirán por el Reglamento de la FITASC para la modalidad de Foso Universal.
La ATEE como organizadora de estas competiciones, se reserva la facultad de establecer las modificaciones o adaptaciones que considere necesarias de los diferentes Reglamentos y de esta Normativa, para la mejor realización de las pruebas. De producirse esta circunstancia se informará con la suficiente antelación.
En la organización de las competiciones de la ATEE, rigen las normas establecidas en la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. Esta norma pretende eliminar cualquier obstáculo o restricción, que impida o dificulte la participación en actividades deportivas de la ATEE de los extranjeros y de sus familias que se encuentren legalmente en España.
CAPITULO IX
Inscripciones
Artículo 20.- Las inscripciones para participar individualmente en las competiciones organizadas por la ATEE deberán ser realizadas dentro del plazo establecido para cada competición y publicado con tiempo suficiente en Hwww.atee.esH.
Artículo 21.-La inscripción en las distintas competiciones se realizará como se indica en el Plan Deportivo ATEE 2017.
Artículo 22.- Si hubiera un número muy elevado de tiradores inscritos, o se produjera alguna otra circunstancia de fuerza mayor, la ATEE, de mutuo acuerdo con el Jurado de Competición, podrá acordar la realización de un CORTE.
Aquellos tiradores que pasen el corte optarán a los premios contemplados en el
programa de cada competición.
En las competiciones en las que se haga corte, aquellos tiradores que habiendo superado el mismo abandonen la competición sin un motivo justificado y comunicado a la Organización, no tendrán derecho a la devolución de las series abonadas y no tiradas.
La Organización deberá publicar en el Tablón de Anuncios cualquier cambio o circunstancia que afecte al normal desarrollo de la competición, informando a los tiradores de su existencia.
Artículo 23.- Un tirador inscrito que por cualquier causa no pueda asistir a la competición, deberá comunicar esta circunstancia a la ATEE por fax o e-mail, como mínimo 24 horas antes del inicio de los entrenamientos oficiales de la competición en la que esté inscrito. De no hacerlo según este procedimiento perderá el derecho a la devolución de la inscripción. Si lo hiciera dentro de este plazo, se le podrá reservar para otra competición del calendario ATEE o proceder a la devolución el 90 % del total de la inscripción.
CAPITULO X
Entrenamientos
Artículo 24.- Los entrenamientos podrán realizarlos exclusivamente aquellos tiradores que se hayan inscrito en la competición y deberán abonarse en el propio campo de tiro.
CAPITULO XI
Orden de escuadras
Artículo 25.- La Organización determinará la hora del comienzo de cada competición y en las que corresponda, realizará el sorteo agrupando las escuadras por categorías en todas las modalidades, procurando que en cada competición de una misma modalidad empiece cada vez una categoría distinta.
En aquellas competiciones que corresponda, la ATEE publicará en su Web el sorteo y orden de tiro provisional.
CAPITULO XII
Desarrollo de la competición
Artículo 26.- Las competiciones se desarrollarán conforme a lo establecido en el Reglamento de la FITASC, y a lo que en cada momento pueda establecer la ATEE de acuerdo con el Jurado de Competición.
Toda la información referida a días de entrenamiento y competición, precio de inscripciones y de los platos, marca, color y número de los mismos, marca de las máquinas, trofeos, importe de los premios etc., quedará reflejada en el programa específico de cada competición, y en la Web de la ATEE.
Artículo 27.- En las competiciones, los empates de los 3 primeros puestos se resolverán a una serie completa con dos disparos.
Para el primer puesto de Damas, Júniors y Veteranos Súper Veteranos y tiradores/as Adaptados, se resolverán con una serie adicional de 25 platos y dos disparos. Si persiste el empate, se realizará una muerte súbita con un sólo cartucho.
En el resto de los casos, el empate se resolverá por la última serie ganadora.
En caso de existir cortes en la competición, los empates para acceder al mismo, se resolverán por muerte súbita, sorteando el puesto y a plato NO visto.
Artículo 28.- En los campeonatos organizados por la ATEE los premios no serán acumulables.
Si algún Súper Veterano, Veterano, Júnior, Dama o tirador/a Adaptado decide participar en su categoría correspondiente a Senior de 1ª, 2ª,3ª y 4ª, deberá comunicarlo a la organización antes del comienzo de la competición. En todos los casos el tirador/a deberá abonar la diferencia con el importe de la inscripción Senior.
Artículo 29.- El reparto de premios de cada competición, se expondrá públicamente por distintos medios con tiempo suficiente.
Todos lo premios serán por valor similar y estimado.
Todos los participantes clasificados como 1º, 2º y 3º, recibirán además de su premio, una Medalla acreditativa de su clasificación.
Artículo 30.- La Oficina de la Organización elaborará y publicará las Clasificaciones Individuales de todas las condiciones y categorías incluidas en la competición.
Se perderá el derecho a recibir los trofeos y premios que no sean retirados en el momento de la entrega.
Cualquier conducta antideportiva que altere el desarrollo normal de la competición (insultos, agresiones, falta de consideración, vulneración de las medidas de seguridad, etc.), podrá suponer la expulsión inmediata de la competición. Esta circunstancia será comunicada al Jurado de Competición y este a la Junta Directiva de ATEE a los efectos oportunos.
Del mismo modo, la retirada de la competición sin causa totalmente justificada y sin previo aviso a la oficina de la organización, se considerará conducta antideportiva y será comunicada a la Junta Directiva de ATEE.
El desarrollo y control técnico de las tiradas estará a cargo de la Organización contratada por la ATEE, que contará con la colaboración del club o sociedad donde se desarrolle la competición.
CAPITULO XIII
Indumentaria deportiva
Artículo 31.- Con la finalidad de mejorar la imagen de nuestro deporte ante las instituciones, medios de comunicación y ante nosotros mismos; en los entrenamientos, eliminatorias, competiciones, finales y entregas de premios, la indumentaria de todos los deportistas tiradores ha de conservar la estética deportiva adecuada al tiro y que todos conocemos, desvinculando nuestro deporte de otros cuya imagen perjudica al deporte del tiro.
CAPITULO XIV
Jurado de competición
Artículo 32.- Antes del comienzo de cada competición, la Organización nombrará un Jurado de Competición que estará compuesto por 5 miembros.
Los miembros del Jurado de Competición serán las personas que, participando en la competición, tengan un mayor conocimiento sobre el deporte del tiro al plato, especialmente de la modalidad en la que se compite.
Artículo 35.- Son funciones del Jurado de Competición las siguientes:
- Asegurarse antes de empezar la tirada, de que las condiciones técnicas de los platos, máquinas, distribuidoras, etc., son las reglamentarias.
- Supervisar la competición para que se cumplan todas las reglas, pudiendo examinar, por muestreo, armas, municiones y platos.
- Decidir sobre los incidentes o defectos técnicos de la prueba.
- Examinar y decidir sobre las reclamaciones que se presenten, mediante votación y mayoría de los miembros del jurado.
- Decidir sobre las sanciones a aplicar por el incumplimiento de los Reglamentos Técnicos Generales y Específicos que rigen la competición.
- Velar por el cumplimiento del programa de competición siempre que sea posible, acordando y dictando las medidas a adoptar cuando surjan imprevistos, sin desviarse, en la medida de lo posible, de lo programado, apoyándose en la reglamentación vigente, y actuando en todo momento con un elevado espíritu de equidad o justicia.
Artículo 33.- El Jurado de Competición se reunirá en privado, en un lugar adecuado para estudiar cualquier problema o reclamación sin permitir la presencia de personas ajenas al mismo.
Escuchará a las personas afectadas, dictaminando finalmente por mayoría de votos.
Para que las decisiones del jurado se consideren válidas bastará con la presencia del Presidente y de dos de sus miembros.
Las decisiones del jurado se darán a conocer a los participantes por medio de un comunicado escrito, que se publicará en el tablón de anuncios.
Cuando el Jurado de Competición sancione lo hará reglamentariamente y con respeto hacia el sancionado, indicándole los motivos, escuchando sus argumentos de defensa e informándole de que tiene el derecho a recurrir la sanción ante la Junta Directiva de la ATEE.
CAPITULO XV
Reclamaciones
Artículo 34.- Todo tirador tiene derecho a reclamar cualquier hecho o decisión que se produzca en la competición y que afecte a sus intereses deportivos. Esta reclamación deberá hacerse de acuerdo con los procedimientos, tiempos y formas que señalan los Reglamentos Técnicos Generales FITASC.
En el impreso de reclamación, será indispensable hacer constar el nombre y dos apellidos del tirador, escuadra, denominación de la tirada, lugar, fecha y exposición de los argumentos de protesta de forma breve y, a poder ser, citando los artículos del reglamento en los que se apoya. El escrito firmado debe ser entregado a la oficina de organización dentro de los límites temporales de la competición, adjuntando un depósito de 20,00 € que serán reintegrados de ser favorable la decisión del Jurado de Competición.
CAPITULO XVI
Prensa y Casas Comerciales
Artículo 35.- Todos aquellos medios de comunicación y casas comerciales que deseen estar presentes en alguna prueba del calendario de competiciones de la ATEE, podrán hacerlo siempre y cuando esta lo autorice expresamente.
CAPITULO XVII
Participación Nacional e Internacional
Artículo 36.- Los resultados obtenidos en las competiciones de la ATEE formaran un Ranking de los tiradores asociados que serán tabulados por el sistema de negativos, esto es: partiendo de cero el tirador que más platos rompe en una competición. Todos los demás participantes tendrán tantos puntos negativos como diferencias tengan con el tirador que más platos rompe.
Este sistema de ranking estará permanentemente expuesto en Hwww.atee.esH y será válido para todas las categorías y condiciones.
Artículo 37.- La ATEE como miembro de pleno derecho de la federación internacional FITASC, está autorizada a inscribir a sus asociados como tiradores individuales en las competiciones internacionales.
Para ello la ATEE dispondrá de un sistema en su web que permitirá a sus asociados poder realizar su inscripción directamente para cada competición internacional.
Artículo 38.- Para poder participar en las competiciones nacionales e internacionales como miembro de la ATEE, el tirador/ra deberá cumplir los siguientes requisitos:
En España
- Ser miembro de la asociación. Asociándose antes del comienzo de la primera competición.
- Estar en posesión de toda la documentación correspondiente al arma.
- Estar en posesión de una tarjeta o licencia federativa en vigor.
En extranjero
- Estar en posesión de la tarjeta verde europea de transporte de armas expedida por la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
La junta directiva de la ATEE, modificará o ampliará este manual de organización y de régimen interno tantas veces como sea necesario para el buen entendimiento y desarrollo de la propia asociación y del deporte de tiro al plato.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Junta Directiva de la ATEE.